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El Ayuntamiento de Elda requerirá que los eventos y reuniones de más de 150 personas, cuenten con autorización municipal, en cumplimiento de la normativa dictada por la Consellería de Sanidad

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El Ayuntamiento de Elda, regulará los eventos populares y reuniones privadas
El Ayuntamiento de Elda, regulará los eventos populares y reuniones privadas

La organización de actos y encuentros de más de 50 personas deberán ser notificadas al Ayuntamiento, mientras que los que superen la afluencia prevista de 150 asistentes requerirán un permiso específico

Elda, 12 de agosto 

El Ayuntamiento de Elda, en cumplimiento de la Resolución de 17 de julio de 2020, de la Consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, regulará los eventos populares y reuniones privadas como medida preventiva para frenar los contagios y transmisiones por coronavirus SARSCov, que están teniendo lugar, mayoritariamente, en encuentros sociales y familiares.

Por este motivo, el Consistorio Eldense ha informado que, de conformidad con la normativa valenciana, los eventos y encuentros, tanto de carácter popular como privado que tengan una asistencia prevista de más de 50 personas deberán ser comunicados a la autoridad municipal. Para ello, se deberá cumplimentar el modelo de declaración responsable que estará disponible en la web municipal, con una antelación mínima de 24 horas previas a la realización del acto.

Además, si la previsión de afluencia supera las 150 personas será necesario contar con autorización municipal, que deberá solicitarse, al menos, 15 días hábiles antes de la realización del mismo y que se resolverá en base a la situación epidemiológica del momento.

Tanto la puesta en conocimiento de los eventos de más de 50 personas, como la solicitud de autorización municipal en aquellos casos donde se superen los 150 asistentes deberán presentarse por registro, a través de sede electrónica en el caso de personas jurídicas y  entidades sin personalidad jurídica, y bien por sede electrónica o de manera presencial con cita previa, en el caso de personas físicas. En el caso de que, además, el acto tenga lugar en la vía pública, deberá realizarse la solicitud de ocupación de vía pública, como es habitual.

Además de dicho procedimiento, los actos o eventos realizados deberán adoptar las medidas de seguridad recogidas en la legislación vigente, indicadas por la Consellería de Sanidad Universal y Salud Pública:

  • Se establecerá un límite de personas participantes del 75% del aforo del espacio/local.
  • La organización deberá señalar los lugares donde pueden situarse las personas participantes y los lugares que deben permanecer libres para garantizar la distancia interpersonal.
  • Se guardará la distancia interpersonal de 1,50 metros.
  • Será obligatorio el uso de mascarilla higiénica o quirúrgica, y en ningún caso que estén provistas de válvula exhalatoria.
  • La organización facilitará a las personas asistentes geles hidroalcohólicos desinfectantes.
  • Se establecerá un protocolo de limpieza y desinfección en el lugar donde se desarrollará el evento.
  • Se cumplirán el resto de las normas y recomendaciones efectuadas por las autoridades sanitarias.

Desde el Ayuntamiento se ha indicado que, además, deberá implementarse un sistema de registro e identificación de los participantes, que incluya información de contacto para las autoridades sanitarias si así lo requiriesen, cumpliendo en cualquier caso con las normas de protección de carácter personal, siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Sanidad.

En el caso de los actos o eventos realizados en locales de hostelería (bares o restaurantes), no será necesario realizar la puesta en conocimiento o solicitud de autorización municipal, sino que se deberá cumplir la normativa específica para estos locales.

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